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Resolución ANSES 131/2018. Límites para el cobro de cuotas sociales y otras restricciones

La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL publicó el pasado 29 de agosto en el Boletín Oficial la Resolución 131-2018, mediante la cual se establecen limitaciones para el cobro de Cuota Social y de Servicios no crediticios y un máximo de otorgamiento de tres códigos de descuento a cada entidad (uno destinado a la cuota social, mutual o gremial, otro a los servicios no crediticios y el tercero a los descuentos de cuotas créditos otorgados). También se determina que, cumplido el plazo de otorgamiento del crédito, el asociado, jubilado o pensionado, deberá dar su voluntad expresa de continuar con el descuento. de la cuota social, afiliación o servicios especiales no crediticios de su haber previsional.

Conjuntamente con la resolución, se publicó el ANEXO de Operatoria del Sistema de Descuentos No Obligatorios a favor de Terceras Entidades, que determina los Requisitos de Inscripción y Permanencia, las Obligaciones de las Entidades y ANSES, Condiciones para operar y el Régimen de sanciones, como así también las Disposiciones Internas, Transitorias, Período de transición y Revalidación de descuentos.

La presente Resolución entró en vigencia el 1° de septiembre de 2018

Entendemos que esta medida restrictiva (una más que afecta a Cooperativas y Mutuales) atenta contra el funcionar de las entidades de la economía solidaria y, por ende, contra sus asociados. Ante ello, se deberá analizar profundamente los alcances de la nueva regulación para poder presentar alternativas de mejora que, sin dejar de regular y controlar que se cumpla con la función social del crédito para el solicitante, permitan a las entidades hacer frente a los costos operativos y gastos corrientes.