El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) publicó una nueva resolución, que alcanza a aquellas cooperativas de Servicios Públicos que en sus estatutos prevean la prestación del servicio de créditos, más allá que en su denominación se incluya o no la palabra «crédito/s». Las entidades que se encuentren en esta situación, deberán presentar una declaración jurada que, como anexo I, forma parte de la RESOLUCION INAES 2592-14.
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Resolución INAES 2592. Cooperativas que prevean el servicio de créditos.
12 agosto, 2014
Etiquetas: Resoluciones
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